Hace prácticamente un año, en enero de 2022, habiendo tomado
conocimiento el Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia de la
posibilidad de la instalación de una gran superficie comercial en inmediaciones
de calle Sarmiento y Urdinarrain, se iniciaron las gestiones correspondientes
ante la Municipalidad de Concordia para conocer si las actuaciones de dicha
habilitación habían sido giradas a la Dirección de Comercio Interior, quienes
debieran tomar el expediente y resolver si el emprendimiento debía o no ser
sometido a la aplicación de los mecanismos que prevé la Ley provincial de
Grandes Superficies Comerciales.
A criterio del Municipio, el expediente de éste
emprendimiento no debía ser girado a Comercio Interior debido a que tendría
menos de 800 metros cuadrados (en un local de más de 1200 m2…), no teniendo en
cuenta que la empresa en cuestión ya tiene en nuestra ciudad otro
emprendimiento de más de 3000 m2, por lo cual, y según lo expresa
claramente la Ley 9393, dichas
superficies se suman.
Por ello, el CCISC junto a la Cámara de Autoservicios y
Supermercados de Concordia (CASCO) hicieron las presentaciones correspondientes
ante Comercio Interior quienes, con buen criterio y atendiendo a la aplicación
de la Ley, solicitaron el expediente para su análisis correspondiente (algo que
debió suceder desde un principio ya que el municipio no tiene facultades para
determinar a quién se le aplica o no la nombrada Ley) y de ese análisis surgió
que el planteo del CCISC y CASCO era correcto por lo que la empresa en
cuestión, para lograr la habilitación del local comercial, debía someterse al
cumplimiento de la ley, esto es, hacer un estudio de impacto ambiental y
participar de la audiencia pública donde se presentaría el estudio y la
ciudadanía en general pudiera conocer y expresar e intercambiar opiniones al
respecto.
Todo este proceso desembocó en un resultado negativo hacia
la apertura tanto del Estudio de Impacto Ambiental realizado por la Facultad de
Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER),
considerando que de los diez puntos relevados, sólo dos fueron favorables al
emprendimiento (ver Se realizó la primera Audiencia Pública por la instalación de grandes superficies comerciales en Concordia) como
también el resultado de la Audiencia Pública, donde prácticamente todos los
participantes (salvo los representantes de la empresa) expresaron argumentos en
contra de la instalación.
De allí que el 29 de agosto de 2022, por la resolución N°
2260, la Dirección de Comercio Interior resolvió no otorgar una autorización
especial para la apertura de una nueva superficie comercial a la firma Diarco
SA. (ver Negativa a habilitar un supermercado mayorista en calle Sarmiento)
Tras casi 5 meses de este hecho, y tras semanas de versiones periodísticas y de observar movimientos en el local en cuestión, llega al CCISC una comunicación de la Dirección de Comercio Interior, firmada por su director, Jesús Pérez Mendoza, desandando todo el camino transitado, invalidando todas y cada una de las instancias realizadas en 6 meses de intenso trabajo de las partes para decir que como el emprendimiento en cuestión tiene menos de 800 m2, la Dirección de Comercio Interior no tiene nada que ver, la Ley 9393 no es aplicable y la potestad de la habilitación recae sólo sobre el Municipio de Concordia (¿¡!?).
¿Qué pasó con la otra sucursal de la firma, que suma superficie con la nueva?¿Que pasó con la decisión de iniciar el trámite de impacto ambiental y audiencia pública? ¿Qué sucedió con los argumentos que motivaron tantos meses de trabajo, tiempo y dinero por parte de los involucrados? No sabemos...
Esta situación, no se trata sólo de una burla a todas las
partes involucradas en el proceso (COPROCIN, CCISC, CASCO, UNER, ciudadanos
independientes que, con su trabajo, aportaron claridad, funcionarios municipales
y provinciales que participaron del proceso, etc) sino que desoye los
resultados del Estudio de Impacto Ambiental y la Audiencia Pública y claramente
vulnera la Ley 9393 en beneficio de un particular, por sobre los intereses de
la comunidad toda que, la mencionada ley, pretende resguardar.
Esto no se trata sólo de la falta de respeto a los actores
intervinientes; se trata lisa y llanamente de la derogación de hecho de una ley
provincial que, a partir de este extraño y contradictorio procedimiento administrativo llevado a cabo, se transforma en
abstracta e inaplicable o bien, sólo
aplicable a quienes no tengan el poder o la cercanía de la cual gozan ciertas
grandes empresas.
Las leyes son para CUMPLIRLAS, gusten o no, por todos los
involucrados. Nuestra Constitución Nacional no admite prerrogativas de ningún
tipo, por lo que todos los ciudadanos somos iguales ante la Ley.
Tampoco existe DECISIÓN POLÍTICA que pueda vulnerarla ni estar POR SOBRE LA MISMA (al menos en un Estado de derecho), sino por el contrario, son los actores políticos quienes en primer lugar deben cumplir a rajatabla las reglamentaciones que ellos mismos formulan, aprueban y promulgan.
El Centro de Comercio Industria y Servicios, junto a la
Cámara de Autoservicios y Supermercados y demás entidades participantes del
Consejo de Comercio Interior (COPROCIN) se reservan las acciones legales
correspondientes a fin de que se cumpla la Ley y se castigue a quien o quienes la vulneran o pretendan hacerlo.
Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia
El programa de impulso al consumo mediante pagos virtuales Billetera...
Hasta el 31 de marzo es el plazo que estableció la Municipalidad de...
La gestión tuvo eje en que empresas de la región tuvieran presencia...
Una destacada empresa de ingeniería eléctrica y telecomunicaciones...
El equipo de capacitaciones del CCISC presenta un curos-taller...
Será el próximo miércoles 29 de marzo desde las 20:15 hs en el...
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) y la...
En el marco de Expoagro 2023 y con el foco puesto en el ámbito del...