01.09.2022   LEY 9393    2065
Negativa a habilitar un supermercado mayorista en calle Sarmiento
Así lo definió la Dirección de Comercio Interior, autoridad de aplicación de la Ley N° 9393. En los fundamentos se destaca la información recolectada, las conclusiones a la que sea arribó en la audiencia pública y el resultado del estudio de impacto ambiental

Se trata de la Resolución N° 2260 del 29 de Agosto de la Dirección General de Comercio Interior, dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Producción de la Provincia en el marco del expediente N° 2.628.128/22 denominado “Solicitud de habilitación firma DIARCO S.A Sucursal Sarmiento 773 Concordia” por la cual, el organismo resolvió no otorgar una autorización especial para la apertura de una nueva superficie comercial que la empresa pretendía inaugurar en la ciudad de Concordia.

El proceso se había iniciado luego de que el Centro de Comercio Industria y Servicios de Concordia solicitara a la Municipalidad de Concordia que remitiera los antecedentes para la instalación de dicho local comercial en cumplimiento de la Ley Provincial N° 9393 a la Dirección de Comercio Interior debido a que la misma constituye una gran superficie comercial desde la habilitación de su primer sucursal.

Los considerandos de la resolución hacen referencia al acta de la audiencia pública (ver Se realizó la primera Audiencia Pública por la instalación de grandes superficies comerciales en Concordia) que da cuenta el debate generado entre las partes y público en general, principalmente en relación a la pérdida de empleo y la caída en las ventas del rubro minorista comercial en la localidad; además de advertir, por parte de los asistentes a la audiencia, el gran problema que significa para el tránsito y normal desenvolvimiento de las tareas la ubicación de éste emprendimiento como así mismo los resultados del Estudio de Impacto ambiental realizado por la Facultad de Ciencias Económicas de la UNER, donde de diez ítems analizados, seis resultaron negativos al emprendimiento en cuestión, dos neutros y apenas dos, positivos.

La Ley Provincial N° 9393 condiciona el otorgamiento de autorizaciones especiales a la realización y análisis del estudio de impacto y la manifestación del sector afectado y/o vinculado facultando a los sectores comerciales, agrupaciones afines y los consumidores en general analicen su incidencia e intervengan en el proceso de concesión de la autorización de habilitación. Vale recordar que es la primera vez en más de una década de reglamentada y casi dos de promulgada, que se aplica en la ciudad de Concordia.

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