17.03.2023   RESOLUCIóN AFIP N° 5529/2023    863
Pedido de postergación para la aplicación del nuevo régimen de percepción al IVA
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) solicitaron a la Administración Federal de Ingresos Públicos una prórroga para la entrada en vigencia de la Resolución General N° 5529/2023. Las gestiones iniciadas ante el organismo por parte de ambas entidades persiguen también el objetivo de que la AFIP realice un nuevo análisis sobre la necesidad de un nuevo régimen de recaudación que afectará fundamentalmente a pequeñas y medianas empresas.

Desde el Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia se informa que tras conocerse la Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos N° 5329/2023, tanto la CAC como la CAME, a través de oportunas notas enviadas al titular del organismo - Dr. Carlos Castagneto - solicitaron una prórroga de entre 60 y 90 días respectivamente para la entrada en vigencia de la misma.

Las entidades nacionales solicitaron la aclaración de varias consultas respecto a la mencionada resolución. Asimismo, a través de ella manifestaron preocupación por la implementación, a partir del 1° de abril, de un nuevo régimen de percepción del IVA por las ventas de productos alimenticios para consumo humano, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que se realicen entre sujetos que revistan la calidad de responsables inscriptos en el gravamen, según lo publicado en la Resolución General N° 5329. 

La solicitud de postergación en relación a su aplicación se considera imprescindible a los efectos de que gran cantidad de contribuyentes puedan no sólo solicitar la inscripción en el registro que crea la norma, sino también adecuar los sistemas de facturación a las nuevas obligaciones fiscales. Esto es debido a que la resolución de referencia incluye dos capítulos, el primero establece un régimen de monitoreo electrónico de los contribuyentes y el segundo agrega un nuevo régimen de recaudación a los ya existentes agregando costos administrativos a los sujetos que deban actuar como agentes de recaudación y administrativos y financieros a aquellos a los que se apliquen las percepciones.

Para acceder a la Res Gral. 5329 de AFIP, hacer click aquí

‹‹ volver atrás
El Centro Comercial de Salto invita al Foro Negocios Desde el Norte al Mundo
El Centro Comercial de Salto invita al Foro Negocios Desde el Norte...

Se trata de la segunda edición del evento organizado por el Centro...

Beneficios para el sector turístico
Beneficios para el sector turístico

Se presentaron los beneficios en materia fiscal, energética y...

Se presentó el estudio de viabilidad de la zona de actividades logísticas, parque industrial y puerto fluvial
Se presentó el estudio de viabilidad de la zona de actividades...

Directivos del CCISC asistieron este martes a la presentación del...

Comunicación y oratoria para redes sociales: nueva capacitación CCISC
Comunicación y oratoria para redes sociales: nueva capacitación...

Consistirá en dos encuentros virtuales que se llevarán a cabo los...

Comunicado institucional: frente a la situación, que cada socio sepa que no está solo
Comunicado institucional: frente a la situación, que cada socio sepa...

La Comisión Directiva del Centro de Comercio, Industria y Servicios...

Se conoció el ganador del Premio Joven Empresario Entrerriano
Se conoció el ganador del Premio Joven Empresario Entrerriano

Se trata de Jonatan Tournour de Concepción del Uruguay quién fue...

Las ventas por el Día del Niño bajaron 2,5% interanual
Las ventas por el Día del Niño bajaron 2,5% interanual

Es una de las conclusiones más salientes del relevamiento realizado...

Fin de semana largo: más viajeros pero menos gasto
Fin de semana largo: más viajeros pero menos gasto

Según el relevamiento de CAME, el fin de semana largo con motivo del...