18.11.2021   NOVEDADES    370
AFIP pone en marcha beneficios y herramientas de la ley de alivio fiscal
Contempla la condonación de deudas inferiores a 100 mil pesos para pequeños contribuyentes y las micro y pequeñas empresas y amplía la moratoria para incluir la posibilidad de regularizar obligaciones vencidas hasta el 31 de agosto de 2021.

El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) puso en marcha los beneficios y herramientas de la ley de alivio fiscal.

Incluye la condonación de deudas inferiores a 100 mil pesos para pequeños contribuyentes y las micro y pequeñas empresas y la ampliación de la moratoria hasta deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2021.


Moratoria 

Monotributistas, PyMEs, entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, entre otras, se verán beneficiadas por moratoria fiscal y condonación de deudas.  Podrán pagar las obligaciones impagas hasta el 31 de agosto de 2021, incluidos los planes de pago vigentes y deudas de planes que hayan caducado antes de fin de agosto. 

Las adhesión al plan de regularización estará habilitada entre el 29 de noviembre de 2021 y el 15 de marzo de 2022 y se podrán incluir deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social en planes de pago de hasta 120 cuotas, según el tipo de contribuyente.

 La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes, las que se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria. 

Condonación de deudas

En ese caso, se Incluyen deudas tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto.  Se trata de un alivio fiscal a entidades como bomberos voluntarios, clubes de barrios, fundaciones, organizaciones comunitarias, y a pymes y monotributistas por hasta 100.000 pesos. 

Se podrá realizar la solicitud desde el 20 de diciembre de 2021 hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP.  Y para acceder se deberán ingresar al servicio denominado “Condonación de Deudas - Título I - Ley 27.653” mediante la utilización de su Clave Fiscal habilitada con nivel de seguridad 3 como mínimo.

Contribuyentes cumplidores

En este caso, alcanza a los monotributistas y se aplica la  eximición del componente impositivo a partir de abril de 2021.

Para el resto de personas humanas: deducción, por un período fiscal, de las ganancias netas de un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible.

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