14.07.2016       928
Ley PYME
Fue sancionada por unanimidad la Ley de Fomento de Inversiones para las Pymes, la cual presenta un programa de recuperación de las pequeñas y medianas empresas en crisis y establece un tratamiento impositivo y financiero especial para el impulso y fortalecimiento del sector.
 EL SENADO APROBÓ POR UNANIMIDAD LA LEY PYME


Luego del debate en el Senado de la Ley que ya contaba con media sanción de Diputados, y tras los reclamos históricos realizados por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), fue sancionada por unanimidad la Ley de Fomento de Inversiones para las Pymes, la cual presenta un programa de recuperación de las pequeñas y medianas empresas en crisis y establece un tratamiento impositivo y financiero especial para el impulso y fortalecimiento del sector.

A continuación, se detallan los principales puntos de la Ley, siendo varios de ellos pedidos concretos elaborados por CAME en base a reclamos históricos:

1- Se establece el programa REPRO (Programa de Recuperación Productiva) y se suben los topes en un 50% para el caso de las pequeñas y medianas empresas en crisis, lo que significa que podrán recibir por medio de un trámite simplificado hasta 9.060 pesos (1.5 salarios mínimos) por trabajador.
2- Las micro y pequeñas empresas podrán pagar el IVA a los 90 días de facturado.
3- Se elimina el impuesto a la ganancia mínima presunta. Son 1.300 millones de pesos que se transferirán del Estado a las Pymes.
4- Cambios en el impuesto al cheque: las micro y pequeñas empresas pueden tomar el total del mismo como pago a cuenta del impuesto a las Ganancias, mientras que las medianas podrán descontar hasta el 50 %.
5- Los saldos impositivos a favor de las Pymes podrán ser compensados. Esto se podrá hacer a través de las cuentas tributarias y, en el caso que no se pueda compensar automáticamente, se podrá solicitar su devolución, que deberá ser rápida. Para los saldos existentes antes de la presente Ley, se ofrecerá un bono.
6- Esquema simplificado de tributos. Se declara la necesidad de establecer un esquema simple de determinación y liquidación de impuestos para las Pymes, esto es, la atención en una ventanilla única que facilite la operatoria impositiva.
7- Fomento a la inversión: las Pymes que realicen inversiones productivas, podrán computar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias un 10% sobre el valor de las mismas. A su vez, se le otorga un bono fiscal por una porción del IVA invertido, es decir, se premia a las empresas que inviertan y generen puestos de trabajo.
8- Financiamiento: se establecen instrumentos financieros que le permitan a las Pymes un mayor acceso al crédito y al capital de trabajo.
9- Se establece que los beneficios impositivos estipulados por esta Ley se incrementen entre un 5 % y 15 % para las economías regionales.
10- Evolución y desarrollo de la cadena de valor: se crea un consejo Pyme que analizará las cadenas de valor, el comercio exterior y el otorgamiento de créditos productivos a micro, pequeñas y medianas empresas. El mismo monitoreará la situación de las Pymes regionales y propondrá medidas adicionales.
11- El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva dará asistencia a las Pymes en procesos de inversión tecnológica.

CAME celebra la sanción de la Ley en un contexto preocupante de caída de la actividad Pyme, que representa el sector más productivo del país y de mayor generación de empleo.


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