10.10.2006       8198
LEY 6260 – DECRETO REGLAMENTARIO 5837/91

Sr. Empresario ó Apoderado, por la presente, la Dirección Gral. De Promoción Industrial y Pymes (1) en su carácter de Autoridad de Aplicación pone en conocimiento a Ud. de las normas pertinentes de la Ley Provincial N° 6260 de “Prevención y Control de la Contaminación por parte de las Industrias” a las que deberá dar cumplimiento.

Documentación necesaria para la obtención de los diferentes Certificados:

1) Certificado de Radicación (Capítulo 5° – Decreto N° 5837/91)
 Nota del propietario ó apoderado de la empresa, dirigida a la Dirección(1) solicitando el/los certificados
 Estatuto de constitución de la sociedad aprobado, en copia y original para su cotejo.
 Documento de Titularidad del establecimiento o contrato de locación de la planta o fábrica a favor de la empresa, legalizado o copia y original para su cotejo.
 Croquis de ubicación catastral de la fracción, parcela o lotes, en los que se levantarán las instalaciones industriales, indicando la localidad o zona.
 Si está ubicada dentro de un ejido urbano, autorización de dicho Municipio para realizar la actividad.
 Memoria descriptiva de las actividades y tratamiento de efluentes.

2) Certificado de Funcionamiento (Capítulo 6° – Decreto N° 5837/91)
 La obtención del certificado de radicación es condición necesaria para poder gestionar el certificado de funcionamiento.
 Los trámites tendientes a obtener el certificado de funcionamiento se iniciarán con una solicitud presentada, por duplicado, ante la Dirección(1), ésta deberá contener la información que a continuación se indica, con la firma del propietario y un matriculado en el Colegio de Profesionales de la Ingeniería de Entre Ríos.
 Nombre del/los propietarios o razón social de la empresa: domicilio legal, ubicación del establecimiento, teléfono, etc.    
 Nombre del/los profesionales actuantes en el proyecto, dirección de obras, y puesta a punto de los sistemas de tratamiento de residuos industriales.
 Certificación del Colegio de Profesionales de la Ingeniería de Entre Ríos sobre la locación del servicio entre el comitente y él/los profesionales actuantes. En particular, en los sistemas de tratamiento que impliquen procesos fisicoquímicos y/o biológicos deberá ser responsable del proyecto y puesta a punto un ingeniero químico o sanitario.
 Número de personal a ocupar, horarios y días de trabajo, movimiento de cargas y descargas de vehículos, horarios.
 Memoria técnica, que comprenda:
1)Proceso de producción: Descripción. Materias primas, tipo y cantidad. Productos tipos y cantidad. Agua a utilizar, volumen y procedencia, caudal. Combustibles, tipo y cantidad. Energía eléctrica. Capacidad a instalar, etc.
2)Residuos industriales: Tipos de residuos, composición, caudales, intermitencia de las descargas, tratamientos, ulterior empleo, evacuación, recuperación, almacenamiento, transporte y/o destino de residuos y efluentes. Ruidos y vibraciones. Tipo y criterios de dimensionamiento de los tratamientos propuestos. Eficiencia de los tratamientos. Composición y caudales de los efluentes al medio receptor. Si corresponde,  permisos de paso, servidumbre y uso de terrenos o cursos de agua para el pasaje o disposición de los efluentes.
 Planos                  
1) Plano general en planta del establecimiento, en el cual deberán indicarse los puntos donde se producen residuos sólidos, líquidos y gaseosos, ruidos y vibraciones.
2) Planos de las instalaciones de evacuación y de tratamiento de residuos sólidos, líquidos y gaseosos. Ubicación de cámaras de aforo y muestreo de efluentes líquidos y gaseosos.  
 Cronogramas
1) Cronograma de ejecución de la planta industrial.
2) Cronograma de ejecución de las instalaciones de tratamiento de los residuos  de todo tipo
 Toda otra documentación complementaria que sirva a los propósitos de evitar y controlar la contaminación ambiental.

3) Habilitación Sanitaria (Capítulo 7°)
 “Manual de Operaciones y Mantenimiento”

4) Aranceles
Además deberán abonar en la cuenta Especial del Nuevo BERSA N°: 90414/0, a nombre del Superior Gobierno de la Pcia de E. Ríos,  los aranceles administrativos establecidos por el Decreto Nº 5394/96, cuyo detalle es el siguiente:   
Por Certificado de Radicación: Pesos CIEN ($100)
Por Certificado de Funcionamiento: Pesos CIEN ($100) por visado de la documentación y Pesos TRESCIENTOS ($300) por la extensión del Certificado.
Una vez abonado deberán remitir la boleta de depósito a la DGDECA, Laprida 386 de Paraná, adonde se le extenderá un recibo.
Por cualquier consulta pueden comunicarse con Tel: 420 – 8899 / 8160 /7867
Texto completo de la Ley 6260 y Decreto 5837: www. entrerios.gov.ar/producción/dpromo/03a02.htm
........................................................................................................................................

Tomado conocimiento ________________________________ DNI N°:_______________________ en   representación  de la Firma/Empresa ______________________________________________ por su actividad de __________________________________en su planta industrial, ubicada en _________________________________de la ciudad de  _______________________________  Se compromete a cumplir con  la Ley Provincial 6260 de “Prevención y Control de la Contaminación por parte de las Industrias” .

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