
El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC) informa que la Municipalidad de Concordia pondrá en funcionamiento el Domicilio Electrónico Municipal (DEM), una nueva herramienta digital que permitirá agilizar y simplificar las comunicaciones entre la Dirección General de Rentas y los contribuyentes; algo que contribuirá a reducir trámites presenciales.
Vale destacar que el Departamento Ejecutivo reglamentó recientemente, mediante el Decreto 829/26, la implementación del Domicilio Electrónico Municipal (DEM), establecido por la Ordenanza N.º 38.778.
En esta primera etapa, el sistema será utilizado por la Dirección General de Rentas para las comunicaciones y notificaciones vinculadas con la Tasa Comercial, permitiendo que los contribuyentes puedan recibir de manera digital liquidaciones, requerimientos, intimaciones, comunicaciones y demás actos administrativos.
Se trata de una modalidad que ya es utilizada de manera habitual por las administraciones tributarias, tanto a nivel nacional a través de ARCA, como provincial mediante ATER, así como por otros municipios del país.
Sobre la novedad, el Director General de Rentas, Cr. Fernando Marsicano, indicó: “Queremos que cada vez más trámites y comunicaciones puedan resolverse de manera simple y digital, evitando traslados innecesarios y facilitando la relación del contribuyente con el Municipio. El Domicilio Electrónico es una herramienta que los contribuyentes ya conocen por su utilización en otros organismos tributarios y que ahora incorporamos en Concordia.”
Acceso al Domicilio Electrónico Municipal
Cabe destacar que los contribuyentes podrán ingresar a través del Portal del Ciudadano de la Municipalidad de Concordia, utilizando su usuario y contraseña, o mediante el portal de ARCA, con CUIT y Clave Fiscal, ingresando al servicio “Municipalidad de Concordia – Portal del Ciudadano”.
Una vez dentro del sistema, los usuarios consultar las notificaciones recibidas, verificar su estado de lectura y acceder al detalle de las comunicaciones y documentación adjunta. Para completar la constitución del DEM será necesario aceptar los términos y condiciones y validar la dirección de correo electrónico informada.
Ritmo de implementación
La obligatoriedad de constituir el DEM para los contribuyentes y responsables de la Tasa Comercial se realizará progresivamente:
• CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: hasta el 30 de septiembre de 2026.
• Terminados en 4, 5 y 6: hasta el 31 de octubre de 2026.
• Terminados en 7, 8 y 9: hasta el 30 de noviembre de 2026.
• Pequeños Contribuyentes: hasta el 30 de noviembre de 2026, independientemente de la terminación del CUIT.
La implementación será acompañada desde la Dirección General de Rentas con información y asistencia a los contribuyentes para facilitar su incorporación al nuevo sistema.
Cabe mencionar que el Domicilio Electrónico Municipal coexistirá con los medios tradicionales de notificación, que podrán continuar utilizándose cuando las características del caso, razones de accesibilidad o contingencias técnicas así lo requieran.
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