25.07.2026   MEDIDAS    22
El Municipio dispuso beneficios fiscales para establecimientos afectados por el temporal
Se trata de un régimen excepcional de beneficios tributarios destinado a las firmas que sufrieron daños materiales directos como consecuencia del temporal. Contempla la exención del 100% de la Tasa General Inmobiliaria y de la Tasa Comercial correspondientes al período julio-agosto de 2026.

El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC) informa que en el marco de las acciones que se llevan adelante para acompañar a los vecinos y al sector productivo tras el fuerte temporal que azotó a Concordia en la madrugada del pasado 18 de julio, el Departamento Ejecutivo Municipal dispuso, mediante el Decreto N° 659/2026 y la Resolución DGRM N° 183/2026, un régimen excepcional de beneficios fiscales destinado a las firmas de nuestra ciudad que registraron daños materiales como consecuencia del fenómeno meteorológico.

La medida establece la exención del cien por ciento (100%) de la Tasa General Inmobiliaria correspondiente al período de julio y agosto de 2026 para los inmuebles afectados. Asimismo, contempla la condonación del cien por ciento (100%) de la Tasa Comercial para el mismo bimestre, dirigida a aquellos establecimientos cuya actividad se haya visto perjudicada por los daños ocasionados por la tormenta. También establece una prórroga excepcional para el vencimiento del 6° anticipo de la Tasa Comercial, sin intereses hasta el 27 de julio de 2026.

Requisitos y procedimiento de inscripción

A los efectos de facilitar el acceso al beneficio, los contribuyentes deberán presentar una declaración jurada solicitando la exención, la cual estará sujeta a la posterior verificación técnica de los daños por parte de las áreas municipales competentes. Concluido este paso, la Dirección General de Rentas evaluará cada expediente y otorgará el beneficio conforme al procedimiento dispuesto por la autoridad de aplicación.

La solicitud debe realizarse de manera 100% digital a través del Portal del Ciudadano (https://ciudadano.concordia.gob.ar), mediante el servicio "Beneficio Fiscal a Damnificados por el Temporal", conforme el procedimiento reglamentado por la Dirección General de Rentas. 

El instructivo puede solicitarse a las líneas de contacto del Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC) tales como el correo electrónico ccisc@concordia.com.ar o a la línea movil 3454 746866.

Para ampliar información o realizar consultas asociadas al trámite, se sugiere tomar contacto con la siguiente línea de WhatsApp perteneciente a la Dirección de Rentas: 3454020124.



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