
El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC) informa que el gobierno nacional modificó la reglamentación de la Ley de Defensa del Consumidor e incorporó un nuevo mecanismo de “pago voluntario” para multas aplicadas en procedimientos administrativos por infracciones a la normativa de defensa del consumidor. La medida fue oficializada mediante el Decreto 377/2026, publicado ayer viernes en el Boletín Oficial.
La norma incorpora un nuevo inciso a la reglamentación de la Ley 24.240, que habilita a los proveedores sancionados a cancelar las multas con un descuento del 50% siempre que consientan la sanción y abonen el monto dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación.
Sin embargo, este beneficio quedará sin efecto si el infractor interpone el recurso directo previsto en el artículo 45 de la Ley de Defensa del Consumidor para cuestionar judicialmente la sanción aplicada.
En los fundamentos de la medida, el Gobierno señaló que el régimen sancionatorio vigente no contemplaba incentivos para facilitar el pago anticipado de multas, a diferencia de otras normas vinculadas al comercio interior y de distintos procedimientos aplicados por autoridades locales en el país.
A continuación, el texto del inciso incorporado:
“c) En los casos de imposición de multa, el infractor podrá cumplir con la sanción impuesta, consintiendo la misma y pagando el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de la suma fijada dentro de los DIEZ (10) días hábiles de notificada la resolución, salvo que dentro del mencionado plazo interponga el recurso directo previsto en el artículo 45 de la Ley N° 24.240 contra la resolución dictada.
En ningún caso la reducción podrá dar como resultado un monto inferior al mínimo establecido en el artículo 47, inciso b) de la citada norma”.
La medida fue publicada a través del Decreto 377/2026.
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