
“Consideramos que esta Audiencia Pública ha sido fallida desde su concepción, no ha cumplido con lo que indica la legislación vigente ni los criterios de razonabilidad que indican que la misma debe intentar asegurar la participación de la mayor cantidad de voces y no sólo de las que leen el boletín oficial o las pocas personas que aún consumen periodismo impreso en papel. Ha incumplido en no admitir como parte fundamental para el desarrollo de la misma al COPROCIN (Consejo Provincial de Comercio Interior) y ha resultado ilegítima al desestimar a la institución que desde hace muchos años viene bregando por el cumplimiento de esta ley y que fue parte de la lucha por su concreción, promulgación y reglamentación y, además vela desde hace años por el cumplimiento de la misma por parte de la empresa Maxiconsumo que, si se avino a cumplirla, fue únicamente por la presión y gestión que el Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia ejerció”, remarca el descargo.
Entre los “vicios de nulidad” que enumera el escrito de la centenaria entidad que nuclea al comercio concordiense, figuran:
“Exceso de secretismo”
Ni siquiera fue notificado ni informado el Consejo Provincial de Comercio Interior, órgano fundamental creado justamente para dar cumplimiento a la ley 9393 de grandes superficies comerciales. “La Audiencia no sólo careció de notificación e invitación al COPROCIN y al Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia: tampoco lo fueron la Federación Económica de Entre Ríos ni ninguna otra institución local/provincial/nacional del sector mercantil u otro gremial empresario”, señala el descargo.
Maniobra de Maxiconsumo para incumplir la ley
El Centro de Comercio de Concordia trajo a colación la documentación que revela como el 11 de julio de 2022, en nota al intendente de Concordia Alfredo Francolini, la firma desistió de las ventas minoristas: “a fin de aclarar según lo dispuesto en la planilla de factibilidad de uso anteriormente presentada en fecha 23/06/2022, que se desiste del uso como “centro de consumo minorista” dejando en claro que será centro de consumo solamente “mayorista”, adjuntando nuevamente una planilla de factibilidad de uso con su respectiva corrección” con la firma de Torres, Jorge Hernán (apoderado) y Fernández, José Luis (Arquitecto).
Pero, ni bien abrió sus puertas, vendió minorista. “Como prueba de que no se trataba de una acción accidental, sino de algo realizado ex profeso y a consciencia de los responsables de la firma, es que adjuntamos a esta nota –dice la presentación del Centro de Comercio- capturas de pantalla de publicidades de la red social Facebook donde se expresaba que en la sucursal Concordia de Maxiconsumo “cualquiera puede comprar”.
Estudio de impacto de UNER fue desechado y reemplazado por el de UADER
“Entre tantas sorpresas, nos encontramos con que en la Audiencia Pública se presentó un Estudio de Impacto Ambiental elaborado por profesionales de la Facultad de Ciencia y Tecnología de la Universidad Autónoma de Entre Ríos (UADER), siendo que representantes de nuestra institución fueron entrevistados el 11/09/2024 por los profesionales Esteban Cabrera y Yamila Godoy de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Entre Ríos, quienes adujeron estar haciendo en aquel momento el estudio correspondiente”.
“Por las consultas que realizamos –agrega el escrito de la entidad de Concordia-, el trabajo de impacto de la UNER fue concluido y entregado a la firma Maxiconsumo SA, aunque evidentemente no fue de su agrado ya que solicitaron otro a otra entidad, el cual pareció hecho “a medida” de las necesidades de la empresa. Al respecto de este punto, cabe preguntarse y preguntarnos: ¿es correcto que una empresa “especule” pagando por más de un Estudio y usando el que más le conviene? ¿Es correcto que la autoridad de aplicación avale esto? A la vista de otros estudios realizados por la UNER y la UADER, ¿es posible que se tomen criterios tan contrapuestos y que, en el caso de UADER, sean tan cuestionables? ¿Qué tipo de intervención al respecto tiene la Dirección de Comercio Interior? ¿No debería, al menos, establecer algún criterio mínimo?”
“Consideramos –concluye el Centro de Comercio- que es IMPRESCINDIBLE que el Estudio sea realizado de forma objetiva, clara e imparcial, todas cosas de las cuales el estudio y quienes lo presentaron, carecieron en la audiencia. Una presentación anodina, interminable, ilegible desde la pantalla, con resultados llamativos y dos responsables que estuvieron más preocupados por defender a Maxiconsumo que por explicar sus criterios”.
Por lo expuesto anteriormente, el Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia finaliza el extenso documento de seis páginas solicitando que la Audiencia Pública “debe ser invalidada y reprogramada, observando y haciendo observar lo expresado anteriormente”
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