15.11.2024   LEGISLACIóN     1419
Novedades en la Ley de Defensa del Consumidor
Se adecuaron los artículos 4° y 6° de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.

El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC) informa que la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial adecuó recientemente la reglamentación de los Artículos 4° y 6° de la Ley N° 24.240, a efectos de su actualización a las más modernas prácticas comerciales, favoreciendo la preservación del ambiente y el consumo sustentable, sin menoscabar los derechos de los consumidores.

Cabe destacar que en este orden, también el organismo siguió las previsiones del Artículo 1106 del Código Civil y Comercial, en tanto ya contempla la actualización y modernización de los contenidos contractuales y sus formas, estableciendo que el requisito de la constancia por escrito debe entenderse satisfecho si el contrato con el consumidor contiene un soporte electrónico u otra tecnología similar.

De esta forma, se tendrá por cumplida la obligación exigida en el segundo párrafo del Artículo 6° de la Ley N° 24.240, relacionada con la entrega al consumidor de un manual en idioma nacional con las instrucciones de uso, instalación y mantenimiento en el caso de la comercialización de productos o servicios riesgosos, tanto en soporte papel como en soporte electrónico u otro dispositivo de almacenamiento de datos del proveedor, que contenga dicha información y esté a disposición del consumidor al tiempo del contrato, digitalizado de manera inalterable y con expresa indicación de su ubicación, para ser consultado en forma gratuita por éste en todo momento a través de medios informáticos, telefónicos u otro dispositivo similar y pueda ser impreso y/o archivado digitalmente por el consumidor. En su caso, la ubicación del manual y su modo de acceso debe estar impreso o adherido en la parte externa del producto o en su embalaje.

Igual previsión regirá en cuanto al suministro de información sobre las características esenciales de los bienes y servicios y las condiciones de su comercialización en soporte físico, exigido por el Artículo 4° de la Ley N° 24.240.

Cabe mencionar que la medida fue publicada a través de la Disposición N° 619/2024

‹‹ volver atrás
Próxima fecha de Manipulación de Alimentos: jueves 14 de mayo
Próxima fecha de Manipulación de Alimentos: jueves 14 de mayo

Será presencial, con cupos limitados y se dictará el jueves 14 de...

Asamblea General Ordinaria
Asamblea General Ordinaria

Convocatoria a los socios a la Asamblea Anual General Ordinaria del...

Se reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral
Se reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral

El ejecutivo nacional estableció las pautas operativas para la...

Empresa concordiense protagoniza la primer exportación con arancel 0% a la Unión Europea
Empresa concordiense protagoniza la primer exportación con arancel...

Se emitió el primer certificado que habilita el uso de las cuotas...

Se lanzó el plan estratégico de Turismo Concordia 2025-2030
Se lanzó el plan estratégico de Turismo Concordia 2025-2030

Se presentó el “Plan Estratégico de Turismo Sostenible de...

Feriado por el Día del Trabajador: viajaron 1,1 millones de turistas y gastaron $ 235 mil millones
Feriado por el Día del Trabajador: viajaron 1,1 millones de turistas...

El fin de semana largo del Día del Trabajador mostró una...