El
Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC) informa que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero
(ARCA) implementó el Padrón de Trabajadores Independientes con
Colaboradores (PADIC).
En el PADIC podrán inscribirse a partir de ahora los emprendimientos que se acojan al nuevo régimen especial unificado contemplado en la ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.
De esta
manera, el organismo conducido por Florencia Misrahi finalizó
con la instrumentación de la modernización laboral contemplada
en la norma sancionada por el Congreso nacional y reglamentada en el decreto
847/2024.
Este nuevo vínculo laboral se basa en
una relación
autónoma, sin que exista dependencia entre las partes ni con las personas
contratantes de los servicios u obras, por un máximo de hasta
tres colaboradores. En ese sentido, el PADIC permitirá contar con información
específica de los emprendimientos productivos y sus integrantes y
establecer el mecanismo a través del cual los mismos prestarán la declaración
jurada correspondiente respecto al carácter independiente de la relación.
La Resolución General N° 5599/2024 aclara que el colaborador independiente podrá
realizar actividades de forma concurrente y tendrá la
libertad de mantener simultáneamente contratos de
colaboración, de trabajo o de provisión de servicios con otros contratantes.
La registración deberá realizarse en
forma previa al inicio de la prestación de tareas por
parte de los colaboradores, en el sitio web del organismo a través de la opción
“Agregar emprendimientos” con el detalle del nombre de fantasía del mismo,
fecha de inicio y de finalización, domicilio, actividad y CUIT de los
colaboradores.
Una vez efectuado el ingreso de los datos, los
trabajadores independientes y sus colaboradores independientes recibirán una
notificación en su respectivo Domicilio Fiscal Electrónico informando la
identificación asignada al emprendimiento productivo en el “PADIC”, denominada
“CÓDIGO PADIC”; a partir de la cual tendrán un plazo de 72 horas para confirmar
o rechazar su participación en el emprendimiento productivo a través de la
opción “Aceptar o Rechazar”. Vencido el plazo, serán dados de baja de la
registración en el “PADIC”.
Por
otra parte, los trabajadores independientes podrán rescindir en cualquier
momento el vínculo de colaboración, debiendo informarlo en el “PADIC”,
ingresando al emprendimiento correspondiente y seleccionando la opción
“Modificar”/“Datos de los Colaboradores”.
A
su vez, los colaboradores independientes también podrán rescindir en cualquier
momento el vínculo de colaboración, a cuyo fin deberán ingresar al “PADIC” y
seleccionar la opción “Rescindir”.
Las disposiciones de esta resolución general han entrado en vigencia a partir del ocho de noviembre y resultarán de aplicación para las relaciones que se perfeccionen a partir del 26 de septiembre de 2024, fecha de entrada en vigencia del Decreto N° 847/24.
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