05.08.2024   ATER    1543
Reunión por el nuevo régimen de percepción y retención de ingresos brutos
El CCISC participó en Paraná de una importante reunión llevada a cabo en las instalaciones del C.P.C.E.E.R.

Este pasado 2 de agosto, directivos de la Entidad asistieron a una reunión encabezada por el Director Ejecutivo de la Administradora Tributaria de Entre Ríos, Cr. Jesús Rafael Korell; a la que también concurrieron representantes de otros centros comerciales de la provincia, autoridades del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos y referentes de otras instituciones intermedias.

La centralidad del encuentro gravitó en torno a la aplicación de la Resolución 208/2024 que había sido notificada a los agentes de recaudación a mediados del mes de julio y la instrumentación de la misma a nivel sistema.  

La reunión, en la que también participaron funcionarios de la Dirección de Impuestos, de Fiscalización Tributaria y de Sistemas Informáticos de la administradora provincial, también trató aspectos tales como compensación de saldos a favor de libre disponibilidad de los contribuyentes, pagos de retenciones y crédito fiscal, entre otros.


Los representantes de las instituciones que se dieron cita en el encuentro agradecieron la escucha activa y la buena predisposición por parte de las autoridades de la ATER a la hora de tomar nota de sugerencias y peticiones a los efectos de buscar soluciones que faciliten la operatoria de los privados.

Postergación de la entrada en vigencia de la resolución

En virtud de las gestiones llevadas a cabo por la Federación Económica de Entre Ríos (FEDER) y por el Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC), entre otras entidades de la provincia, la ATER postergó – mediante la Res. 234/24 la derogación de la Resolución N° 319 y modificatorias, hasta el 30/09/2024, de modo de extender los plazos para que los agentes de percepción y retención de ingresos brutos puedan adecuar sus respectivos sistemas.

 

Vale destacar que la mencionada resolución 234/24 sustituyó el anexo IV de la Res. 208/24, incorporando sujetos que acrediten estar inscriptos exclusivamente como locales en una jurisdicción distinta a Entre Ríos y contribuyentes de Convenio Multilateral que no tengan incorporada la jurisdicción 908 - Entre ríos, con la alícuota del 0,50%.

‹‹ volver atrás
El CCISC le da la bienvenida a Jost Soluciones IT
El CCISC le da la bienvenida a Jost Soluciones IT

La firma de soluciones tecnológicas especializada en arquitectura de...

Reforma laboral: preocupación por artículos clave
Reforma laboral: preocupación por artículos clave

Si bien está mas que claro el apoyo a la imprescindible...

El CCISC le da la bienvenida a La Casa del Ciclomotor
El CCISC le da la bienvenida a La Casa del Ciclomotor

La afamada casa de repuestos, servicios y accesorios para...

Inscripciones al ciclo 2026 del Instituto Privado de Capacitaciones de la CAC
Inscripciones al ciclo 2026 del Instituto Privado de Capacitaciones...

Continúan abiertas las inscripciones a las carreras que dicta el...

Alcances de la Ley de Inocencia Fiscal
Alcances de la Ley de Inocencia Fiscal

La normativa con la que el gobierno busca la independencia del...

Trámite para obtener el descuento del 50% en la Tasa de Alumbrado
Trámite para obtener el descuento del 50% en la Tasa de Alumbrado

Se habilitó la inscripción para que los usuarios comerciales puedan...

Domicilio fiscal: cambio y sanciones con vigencia en marzo
Domicilio fiscal: cambio y sanciones con vigencia en marzo

ARCA simplificó y modificó el procedimiento que se debe observar a...

Verano 2026: expansión con decisiones más meditadas y selectivas
Verano 2026: expansión con decisiones más meditadas y selectivas

Es una de las principales conclusiones a la que arribó el reciente...