Concordia 7 de diciembre de 2006
Expte. Nº 14.702–DE.
ORDENANZA SOBRE AUTORIZACIÓN ESTACIONAMIENTO EN AMBAS MANOS EN CALLES DEL MICROCENTRO.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
ARTICULO 1.- Autorizase el estacionamiento a ambas manos hasta el mes de marzo del año 2007 en las siguientes calles del mico-centro de la ciudad de Concordia, estando comprendido dentro del sistema de estacionamiento medido vigente, en los sectores indicados a saber:
a) Calle Pellegrini entre Buenos Aires y 1º de Mayo.
b) Calle Catamarca entre Urquiza y Pellegrini.
c) Calle Corrientes entre Urquiza y Pellegrini
ARTICULO 2º.- Deberá arbitrarse las medidas pertinentes para dar amplia difusión de lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente norma, como asimismo efectuar la correspondiente señalización, de acuerdo a lo previsto en el marco normativo vigente.
ARTICULO 3º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal se realice un proyecto de propuesta integral para las calles del área central.
ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES 30 de Noviembre de 2006
Prof. LUIS EMILIO FONSECA
Presidente
Dra. DELIA TALLARICO DE SOAGE
Secretaría
ORDENANZA Nº 33.279
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de Diciembre de 2.006.
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, regístrese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y archívese.-
JUAN CARLOS CRESTO
Presidente Municipal
ALFREDO FRANCOLINI
Secretario de Turismo, Producción y Trabajo
a/c Secretaría de Gobierno