El Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia
(CCISC) informa que mediante la Resolución General 5616/2024, la
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introduce modificaciones
relacionadas con los datos a consignar en los comprobantes a emitir cuando la
operación se cancele en moneda extranjera.
La
norma se dicta como consecuencia del DNU 70/2023 el
cual modificó los artículos 765 y 766 del Código Civil y Comercial de la
Nación, en lo que respecta a las obligaciones de los deudores de entregar
dinero para pagos en moneda extranjera.
En
este sentido, la norma determina que se deberá indicar el tipo de cambio
utilizado, el cual será proporcionado por el Banco de la Nación Argentina
(BNA). Para ello, se utilizará el tipo de cambio vendedor de la divisa
correspondiente al día hábil cambiario anterior a la emisión de la factura. En
el caso de los comprobantes electrónicos, el sistema lo registrará
automáticamente.
Asimismo,
con el fin de simplificar y agilizar la registración electrónica de operaciones
mediante el “Libro de IVA Digital”, se deberá informar la condición ante el IVA
del cliente con relación a dicha operación.
Por
otra parte, en el micrositio “Factura Electrónica” se publicarán las monedas que
registran cotización en el BNA. Para aquellas divisas que no
registren una cotización, el emisor del comprobante deberá informar el tipo de
cambio utilizado.
En
cuanto a quienes utilicen “Controladores Fiscales” de “Nueva Tecnología” para
documentar operaciones en moneda extranjera que se cancelen en esa moneda
extranjera, deberán emitir los comprobantes bajo la modalidad electrónica.
Por
último, se informa el cronograma de implementación de las adecuaciones a los
sistemas de emisión de facturación electrónica:
•
Servicio “Comprobantes en Línea”: 15 de enero de 2025.
•
Aplicación “Facturador Móvil”: 5 de marzo de 2025.
•
Herramienta “Facturador” para la emisión de tiques electrónicos: 5 de marzo de
2025.
•
Intercambio de información basado en el “WebService”: uso obligatorio a partir
del 15 de abril de 2025.
Vale decir que hasta que se implementen los sistemas actualizados, se deberá consignar manualmente el tipo de cambio en los comprobantes.