03.04.2020       1331
Ampliación del listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia
La Jefatura de Gobierno de la Nación amplió el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia. Cuales son esas actividades

Mediante la Decisión Administrativa 450/2020, el Jefe de Gabinete de Ministros, Lic. Santiago Cafiero, decidió ampliar el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.

Los servicios alcanzados son:

1. Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.

2. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.

3. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.

4. Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.

5. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.

6. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.

7. Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.

8. Inscripción, identificación y documentación de personas.

Se aclara en la resolución "que las disposiciones del inciso 14 del artículo 6° del Decreto N° 297/20 incluyen las actividades de mantenimiento de servidores y que las disposiciones del artículo 6° inciso 7 del de la citada norma, incluyen a las personas afectadas a las actividades destinadas a la provisión de insumos necesarios para la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones".

Los desplazamientos de las personas alcanzadas por esta decisión deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.

En todos estos casos, los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de los trabajadores.

Las personas alcanzadas por esta Decisión Administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19.



‹‹ volver atrás
El Centro Comercial de Salto invita al Foro Negocios Desde el Norte al Mundo
El Centro Comercial de Salto invita al Foro Negocios Desde el Norte...

Se trata de la segunda edición del evento organizado por el Centro...

Beneficios para el sector turístico
Beneficios para el sector turístico

Se presentaron los beneficios en materia fiscal, energética y...

Se presentó el estudio de viabilidad de la zona de actividades logísticas, parque industrial y puerto fluvial
Se presentó el estudio de viabilidad de la zona de actividades...

Directivos del CCISC asistieron este martes a la presentación del...

Comunicación y oratoria para redes sociales: nueva capacitación CCISC
Comunicación y oratoria para redes sociales: nueva capacitación...

Consistirá en dos encuentros virtuales que se llevarán a cabo los...

Comunicado institucional: frente a la situación, que cada socio sepa que no está solo
Comunicado institucional: frente a la situación, que cada socio sepa...

La Comisión Directiva del Centro de Comercio, Industria y Servicios...

Se conoció el ganador del Premio Joven Empresario Entrerriano
Se conoció el ganador del Premio Joven Empresario Entrerriano

Se trata de Jonatan Tournour de Concepción del Uruguay quién fue...

Las ventas por el Día del Niño bajaron 2,5% interanual
Las ventas por el Día del Niño bajaron 2,5% interanual

Es una de las conclusiones más salientes del relevamiento realizado...

Fin de semana largo: más viajeros pero menos gasto
Fin de semana largo: más viajeros pero menos gasto

Según el relevamiento de CAME, el fin de semana largo con motivo del...