03.04.2020       1270
Ampliación del listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia
La Jefatura de Gobierno de la Nación amplió el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia. Cuales son esas actividades

Mediante la Decisión Administrativa 450/2020, el Jefe de Gabinete de Ministros, Lic. Santiago Cafiero, decidió ampliar el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.

Los servicios alcanzados son:

1. Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.

2. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.

3. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.

4. Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.

5. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.

6. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.

7. Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.

8. Inscripción, identificación y documentación de personas.

Se aclara en la resolución "que las disposiciones del inciso 14 del artículo 6° del Decreto N° 297/20 incluyen las actividades de mantenimiento de servidores y que las disposiciones del artículo 6° inciso 7 del de la citada norma, incluyen a las personas afectadas a las actividades destinadas a la provisión de insumos necesarios para la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones".

Los desplazamientos de las personas alcanzadas por esta decisión deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.

En todos estos casos, los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de los trabajadores.

Las personas alcanzadas por esta Decisión Administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19.



‹‹ volver atrás
El CCISC le da la bienvenida a Más Valor Agregado
El CCISC le da la bienvenida a Más Valor Agregado

Una empresa local dedicada a la prestación de servicios de...

Verano 2026: viajaron 30,7 millones de turistas y gastaron casi 11 billones de pesos
Verano 2026: viajaron 30,7 millones de turistas y gastaron casi 11...

El verano 2026 tuvo una dinámica de menor a mayor y cerró con un...

Programa de Liderazgo Consciente
Programa de Liderazgo Consciente

Se trata de un programa de entrenamiento bimodal de tres meses de...

El CCISC le da la bienvenida a MCL Takeaway
El CCISC le da la bienvenida a MCL Takeaway

Un joven emprendimiento familiar del rubro pizzerías y rotiserías...

Convocatoria a participar de la Expo Apras 2026
Convocatoria a participar de la Expo Apras 2026

Abrió la inscripción de la Misión Comercial a Curitiba 2026

El CCISC le da la bienvenida a Anabella Lencería
El CCISC le da la bienvenida a Anabella Lencería

Una destacado comercio ubicado en el centro comercial de nuestra...

Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones
Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones

El gobierno nacional extendió por un año el plazo de adhesión al...

Feriado de Carnaval récord: exitoso fin de semana largo a pesar del clima inestable
Feriado de Carnaval récord: exitoso fin de semana largo a pesar del...

Según el relevamiento de la CAME, viajaron 3 millones de turistas y...