11.10.2006       13290
Decreto Municipal Nº 432 Habilitación de Rubros

DECRETO Nº 432/ 2.006
CONCORDIA, 10 de abril de 2006

VISTO la necesidad de contar con un instructivo referente a las solicitudes, requisitos y trámites a cumplir para obtener la habilitación de los rubros, kiosco, bares, restaurantes, parrilla, pool, cantina, cabaret, pizzería, sandwichera, confiterías bailables y similares, mutuales, peluquerías, geriátricos y salas de recreación y,

CONSIDERANDO:

Que a tal efecto el Departamento Inspección  General y el Departamento Obras Privadas ha efectuado un relevamiento tendiente a establecer los requerimientos técnicos imprescindibles que deben ser presentados al momento de iniciarse el trámite de habilitación de todos aquellos rubros de concurrencia de personas masivas o no.
Que el mismo y teniendo en cuenta la intervención que le cabe a los inspectores de Saneamiento Ambiental, Obras Privadas, Bromatología, Especialidades Médicas, Veterinaria, Tránsito y Electrotécnica, en todo el desarrollo de las inspecciones con la Coordinación de la Oficina de Control de Trámites, se hace necesario establecer el presente a los fines de contar con una normativa uniforme al respecto.

Que en consecuencia y atento a lo expresado, se hace necesario aprobar el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.
Que en consecuencia y atento a los motivos invocados en los considerandos precedentes, este Departamento Ejecutivo Municipal estima pertinente dictar la presente disposición, que redundará en un  beneficio a todas aquellas personas o entidades ó sociedades que solicitan su habilitación por ante la Municipalidad de Concordia y la intervención que les cabe a las oficinas y dependencias municipales en cada instancia del trámite administrativo.

Que las Secretarías de Gobierno, Planificación y  Obras Públicas, Salud, Bienestar Social y Deportes , Servicios Públicos, han tomado conocimiento y la intervención de su competencia.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 112º), incisos 2) y 22) de la Ley 3001, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL CONFORME A LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL VOTO POPULAR Y LA LEY 3001

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Apruébase el instructivo de habilitaciones que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto, referente a las solicitudes de trámites de habilitación para los rubros, kiosco, bares, restaurantes, parrilla, pool, cantina, cabaret, pizzería, sandwichera, confiterías bailables y similares, mutuales, peluquerías, geriátricos, salas de recreación.

ARTICULO 2º.- Dispónese  la publicación de la presente norma en los distintos medios de comunicación social, a los fines de garantizar un cabal conocimiento de la presente disposición.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Alfredo Francolini         Cr. Alvaro  E. Sierra            Juan Carlos Cresto
         Alberto Dario Armanazqui  M.M.O. Carlos A. Varela               Daniel A. Martinez
   María Vanesa Mroczek  Ing. Rubén E. Argüello        Dr. Arnaldo E. Rosso       
Miriam Leonor Acosta                   MMO Héctor Oñate           Ing. Edgardo U. Iribarren

ANEXO I DECRETO Nº  432/2.006

INSTRUCTIVO PARA HABILITACIONES

REQUISITOS A PRESENTAR POR LOS INTERESADOS:

a) Rubro Kiosco y Almacén:

1) Original y copia Libreta Sanitaria (Asistencia Pública).
2) Original y copia del Documento Nacional de Identidad del Titular del Comercio a habilitar con copias de primera (1) y segunda (2) hoja y cambio de domicilio.
3) Titular del comercio a habilitar deberá firmar personalmente en ventanilla las solicitudes a los fines de la certificación de la misma.
4) Original y copia del contrato de alquiler del inmueble en el que se explotará la actividad o escritura pública en caso de ser titular registral del mismo. En caso de ausencia de los elementos antes expuestos el titular del inmueble deberá presentarse, a los efectos de rubricar su firma y consiguiente autorización de uso en la ventanilla correspondiente o deberá presentarse la solicitud confirma Certificada por ante Escribano Público o Entidad Bancaria.-

b) Rubro Almacén y Kiosco precario:

1) Original y copia Libreta Sanitaria (Asistencia Pública).
2) Original y copia del Documento Nacional de Identidad del Titular del Comercio a habilitar con copias de primera (1) y segunda (2) hoja y cambio de domicilio.
3) Titular del comercio a habilitar deberá firmar personalmente en ventanilla las solicitudes a los fines de la certificación de la misma.
4) Original y copia del contrato de alquiler del inmueble en el que se explotará la actividad o escritura pública en caso de ser titular registral del mismo. En caso de ausencia de los elementos antes expuestos el titular del inmueble deberá presentarse, a los efectos de rubricar su firma y consiguiente autorización de uso en la ventanilla correspondiente o deberá presentarse la solicitud confirma Certificada por ante Escribano Público o Entidad Bancaria.-

c) Rubro Bar – Restaurantes – Parrilla – Pool – Cantina – Cabaret – Pizzería – Sanwichería:

1) Original y copia Libreta Sanitaria (Asistencia Pública).
2) Original y copia del Documento Nacional de Identidad del Titular del Comercio a habilitar con copias de primera (1) y segunda (2) hoja y cambio de domicilio.
3) Titular del comercio a habilitar deberá firmar personalmente en ventanilla las solicitudes a los fines de la certificación de la misma.
4) Original y copia del contrato de alquiler del inmueble en el que se explotará la actividad o escritura pública en caso de ser titular registral del mismo. En caso de ausencia de los elementos antes expuestos el titular del inmueble deberá presentarse, a los efectos de rubricar su firma y consiguiente autorización de uso en la ventanilla correspondiente o deberá presentarse la solicitud confirma Certificada por ante Escribano Público o Entidad Bancaria.-
5) Certificado de buena conducta extendido por la Policía de Entre Ríos.
6) Factibilidad de bomberos extendido por la Policía de Entre Ríos.
Deberá contar con dos (2) sanitarios conforme a lo previsto en la Ordenanza Nº 33.072

d) Rubro Peluquería:

1) Original y copia Libreta Sanitaria (Asistencia Pública).
2) Original y copia del Documento Nacional de Identidad del Titular del Comercio a habilitar con copias de primera (1) y segunda (2) hoja y cambio de domicilio.
3) Titular del comercio a habilitar deberá firmar personalmente en ventanilla las solicitudes a los fines de la certificación de la misma.
4) Original y copia del contrato de alquiler del inmueble en el que se explotará la actividad o escritura pública en caso de ser titular registral del mismo. En caso de ausencia de los elementos antes expuestos el titular del inmueble deberá presentarse, a los efectos de rubricar su firma y consiguiente autorización de uso en la ventanilla correspondiente o deberá presentarse la solicitud confirma Certificada por ante Escribano Público o Entidad Bancaria.-
5) Original y copia del Carnet de peluquero (Extendido por el Centro de Peluqueros  de Concordia establecido por la Ordenanza Nº  29.353/97).

e) Geriátricos:
 
7) Los requisitos previstos y establecidos en la Ordenanza Nº 27.380/94.-

f) Discapacidad:

1) Los requisitos previstos y establecidos en la Ordenanza Nº 21.822

g) Salas de Recreación:

1) El funcionamiento está establecido en  la Ordenanza Nº  32.813.

h) Internet:

1) Control de acceso a Internet de menores y su reglamentación Ordenanza 
Nº 32.756

i) Confiterías Bailable:

1) Planos del inmueble (Fotocopia).
2) Planos de instalación eléctrica (Fotocopia).
3) Planos de difusión sonora (Fotocopia).
4) Factibilidad de Bomberos Zapadores de la Policía de Entre Ríos.
5) Seguro de Responsabilidad Civil (Original y Fotocopia).
6) Certificado de buena conducta.
7) Titular del comercio a habilitar deberá firmar personalmente en              ventanilla las solicitudes a los fines de la certificación de la misma.-
8) Original  y copia del contrato de alquiler del inmueble en el que se explotará la actividad o escritura pública en caso de ser titular registral del mismo. En  caso de ausencia de los elementos antes expuestos el titular del inmueble deberá presentarse, a los efectos de rubricar su firma y consiguiente autorización de uso en la ventanilla correspondiente o deberá presentarse la solicitud con firma Certificada por ante Escribano Público o Entidad Bancaria.-

j) Panaderías:

1) Inscripción por ante el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de la Provincia de Entre Ríos  (ICAyB)
2) Demás requisitos requeridos para el rubro almacén.


Para aquellas solicitudes de habilitaciones que sean peticionadas por sociedades cualquiera sea su índole, cooperativas y mutuales además de los requisitos antes mencionados deberá presentar y acreditar lo siguiente:

k) Rubro Habilitación de Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedades Anónimas, Sociedad de Hecho, Sociedad en Comandita y Unión  Transitoria de Empresas.-

1) Contrato social original y copia con la respectiva constancia de  inscripción en la Dirección de  Inspección de Personas Jurídicas y/o de iniciación de trámite.
2) Si la sociedad estuviera constituida certificado de vigencia expedido por Dirección de Inspección de Personas Jurídicas o de encontrarse en trámite la autorización.
3) Original y copia o copia certificada de la persona apoderada para realizar el trámite.
4) Original y copia del Documento Nacional de Identidad (primera y  segunda hoja y el último cambio de domicilio del Apoderado.
5) Original y copia del contrato de alquiler del inmueble en el que se explotará la actividad o escritura pública en caso de ser titular registral del mismo. En caso de ausencia de los elementos antes expuestos el titular del inmueble deberá presentarse, a los efectos de rubricar su firma y consiguiente autorización del uso en la ventanilla correspondiente o deberá presentarse la solicitud con firma Certificada por ante Escribano Público o Entidad Bancaria.

Si se trata de sociedades que tienen el rubro productos alimenticios todos los empleados deben contar con la Libreta Sanitaria extendida por la Asistencia Pública Municipal dependiente de la Secretaría de Salud, Bienestar Social  y Deportes. Sin excepción.

l) Rubro Mutual:

1) Contrato de conformación de la Mutual (Estatuto).
2) Original y copia del documento que acredite quien es la persona autorizada para gestionar trámites en nombre de la mutual.
3) Original y copia del Documento Nacional de Identidad y último domicilio actualizado de la persona (Autorizado).
4) Original y copia del contrato de alquiler del inmueble en el que se explotará la actividad o escritura pública en caso de ser titular registral del mismo. En caso de ausencia de los elementos antes expuestos el titular del inmueble deberá presentarse, a los efectos de rubricar su firma  consiguiente autorización de uso en la ventanilla correspondiente o deberá presentarse la solicitud con firma Certificada por ante Escribano Público o Entidad Bancaria.-

m) Rubro Sociedad De Hecho:

1) La habilitación se hace a nombre de todos los socios, se adjunta copia del Contrato Social.
2) Firma certificada de todos los socios y fotocopia de los Documentos  Nacional de Identidad y primera (l) y segunda (2) hoja y último cambio de domicilio.
3) Si se trata de una actividad de productos alimenticios se solicita Libreta Sanitaria de todos los socios.
4) Original y copia del contrato de alquiler del inmueble en el que se explotará la actividad o escritura pública en caso de ser titular registral del mismo. En caso de ausencia de los elementos antes expuestos el titular del inmueble deberá presentarse, a los efectos de rubricar su firma  consiguiente autorización de uso en la ventanilla correspondiente o deberá presentarse la solicitud con firma Certificada por ante Escribano Público o Entidad Bancaria.-

n) Rubro Cooperativas:

1) Original y copia o copia certificada del contrato constitutivo de la Cooperativa.
2) Constancia de Inscripción por ante el Instituto Nacional de Acción Cooperativa (INAC), original y copia ó copia certificada.
3) Original y copia o copia certificada del poder de la persona autorizada a realizar el trámite de habilitación.
4) Original y copia del contrato de alquiler del inmueble en el que se explotará la actividad o escritura pública en caso de ser titular registral del mismo.  En caso de ausencia de los elementos antes expuestos el titular del inmueble deberá presentarse, a los efectos de rubricar su firma  consiguiente autorización de uso en la ventanilla correspondiente o deberá presentarse la solicitud con firma Certificada por ante Escribano Público o Entidad Bancaria.-
5) Si se trata de Cooperativas que explotan el rubro productos alimenticios en general todos los empleados deben contar con la Libreta Sanitaria extendida por Asistencia Pública.

Ñ)  Rubro Fábrica y Comercio de Alimentos:

a) Requerir la “Ficha de Inspecciones” que otorga la Dirección de Bromatología dependiente de la Secretaría de Salud, Bienestar Social y Deportes de la Municipalidad a aquellos contribuyentes que realicen trámites de BAJA en comercios de alimentos.

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS

Al iniciarse el trámite de habilitación de locales bailables o similares, ciber, restaurantes y toda actividad que importe acceso masivo de público, se deben presentar, indefectiblemente, los siguientes requisitos:

• MEMORIA DESCRIPTIVA. Descripción de las características constructivas del local (materiales utilizados, cantidad de aberturas y áreas de cada una, ingresos y egresos, altura del local, etc.
• PLAN DE EVACUACIÓN: Croquis del local, señalizando sentidos de egresos.
• PLAN DE EXTINCIÓN: Ubicación de extinguidores, luces de emergencia, todo volcado en croquis de planta y cortes.
• ROL DE INCENDIO. Memoria en la cual se describen las personas encargadas del plan de evacuación y funciones de cada uno (plan de contingencia).
• DOCUMENTACIÓN: Fotocopia de planos de obra e instalación eléctrica del local a habilitar visado y/o registrado por la Municipalidad de Concordia.

PARTICULARIDADES

• El contribuyente que solicite anexo, traslado, transferencia o baja del negocio, no deberá registrar deuda en su cuenta de Tasa por Inspección de Higiene, Profilaxis  y Seguridad, al momento de realizar el trámite. Caso contrario deberá suscribir un plan de pagos, consolidando la deuda.
• Para todo trámite, se deberá exhibir la documentación requerida en original, o en su defecto con copias certificadas por Escribano Público.
• En el caso de solicitar baja retroactiva de actividad comercial, se deberá presentar constancia de cese de actividad, extendida por la Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP), la Dirección General de Rentas (DGR) o baja de medidor de energía eléctrica extendida por la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios de Concordia Ltda.

INSTALACIONES ELECTRICAS: Todo local deberá ajustarse a lo previsto en las Resoluciones Nº 32/05 y 80/5 del Ente Regulador de Energía de Entre Ríos (EPRE).

Exenciones: Los contribuyentes que soliciten ser exceptuados de algún tributo, deberán  presentar eximiciones emitidas por el Gobierno de Entre Ríos, Dirección General de Rentas y de la Administración Federal de Ingresos Públicos  (AFIP).

CIRCUITO DE LA OFICINA CONTROL DE TRAMITES

• Se recibe el trámite
• Se eleva, al Departamento Inspección General, a efectos de que , por Mesa de Entradas, se caratule.
• Vuelve a la Oficina Control de Trámite a efectos de ser ordenado por zona, de acuerdo a la ubicación del inmueble en el cual se desarrollará la actividad.
• De acuerdo a la actividad a desarrollar, se requiere de  la actuación de Inspectores de Saneamiento Ambiental, Obras Privadas, Bromatología, Especialidades Médicas, Veterinaria, Tránsito y Electrotécnica, a efectos de realizar las inspecciones correspondientes.
• Las inspecciones son coordinadas por la Oficina Control de Trámites, quien entregará los distintos expedientes a los inspectores.
• Los inspectores deberán regresar con los expedientes informados a  la hora 12:30-
• Los inspectores de cada área serán rotados, a excepción del inspector del Departamento Oras Privadas, en cuyo vehículo se realizan las inspecciones.
• Los expedientes, una vez informados, serán entregados indefectiblemente, a la encargada de la Oficina Control de Trámites o en su ausencia, a la Jefa del Departamento Inspección General, a efectos  de evitar todo tipo de problemas.

 

‹‹ volver atrás
Zeca Itá: el canal de streaming del CCISC
Zeca Itá: el canal de streaming del CCISC

El Centro de Comercio, Industria y Servicios se transforma en la...

Se llevó a cabo la charla informativa Buenas Prácticas Comerciales
Se llevó a cabo la charla informativa Buenas Prácticas Comerciales

Fue en la noche de este jueves y estuvo a cargo de Fernán Poidomani,...

CAME inauguró en Brasil un showroom permanente para productos de pymes argentinas
CAME inauguró en Brasil un showroom permanente para productos de...

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) inauguró en...

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios renovó parcialmente su Consejo Directivo
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios renovó parcialmente su...

Durante su Asamblea General Ordinaria anual asumieron los nuevos...

Programa Foro Regional de Turismo en el Centro de Convenciones
Programa Foro Regional de Turismo en el Centro de Convenciones

Actividades previstas para el Foro de Turismo Urbano, Rural,...

Capacitación Buenas Prácticas Comerciales: pagos digitales y exhibición de precios
Capacitación Buenas Prácticas Comerciales: pagos digitales y...

Será este jueves 18 de abril a las 20:30 hs en la planta alta del...

Reunión con el Intendente Azcué
Reunión con el Intendente Azcué

La Comisión Directiva del CCISC fue recibida este pasado viernes por...

El CCISC le da la bienvenida a INCEL Ingeniería
El CCISC le da la bienvenida a INCEL Ingeniería

Una importante y reconocida empresa de ingeniería, comunicaciones y...